Sociedad

Declaran «ilegal» cobrar el servicio de mesa

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Un fallo de la Cámara Civil y Comercial dictaminó que es ilegal cobrar el servicio de mesa en La Plata, a raíz de una denuncia contra la cadena de restoranes La Trattoría, realizada por una asociación de consumidores.

«Si La Trattoría decide, por la presunción que hace o por cualquier otra razón, entregar a sus consumidores la panera, el croissant y el recipiente con queso crema o similar a los que identifica como ‘servicio de mesa y/o cubierto’, no puede luego requerir o esperar la negativa a su recepción por parte del cliente a fin de omitir cargar el consumo a su cuenta», concluyó el fallo firmado por la jueza Ana Maria Bourimborde y el juez Luis Maggi.

En la sentencia, los jueces resolvieron que dicho servicio no sólo es mal informado por los restaurantes -por violar el derecho básico de los consumidores a una información adecuada y veraz-, sino que también es ilegal, «por la imposición del cobro y por violar el derecho de los consumidores a elegir».

El texto ordenó que el restaurant La Trattoria, con varias sucursales, informe en todas las cartas «bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el servicio de mesa y/o cubierto», y también a aclarar que si eligen dicho servicio «deberán cobrarlo por persona; es decir, multiplicado por la cantidad de comensales que efectivamente los consuman».

La Justicia platense resolvió el pedido preventivo y colectivo de la asociación Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (CODEC), en el que plantea que estos cobros son «el típico caso de los pequeños ilícitos lucrativos, también denominados ilícitos hormiga, cuya efectividad radica en la invisibilidad de la práctica por lo nimio de los montos, pero que en la reiteración, generan cuantiosas sumas ilegítimas para los proveedores».