Política

Acá cerca no rige: los viajes fronterizos cortos estarán exentos del impuesto del 30%

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Por sugerencia del diputado nacional José Luis Ramón, el Frente de Todos aceptó un cambio en el nuevo impuesto de 30% al dólar «turista» incluido en la ley de Emergencia Económica que este jueves obtuvo media sanción en la Cámara Baja: los viajes fronterizos cortos quedarán exentos del pago del tributo, en caso de que la cancelación de la operación sea en pesos.

Con esta excepción se buscó evitar que las familias que conviven y trabajan en la misma región no tengan un recargo en sus traslados habituales que comienzan en un país y terminan en otro, siempre que no requiera de pagos en dólares o con tarjeta de crédito. A modo de ejemplo, Ramón explicó: “Muchas veces se paga un pasaje solo para cruzar un puente”.

“Quiero proponer una modificación en este artículo para mantener fuera del impuesto al transporte internacional que se abone en moneda nacional”, planteó el legislador ante el recinto. “Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional”, argumentó. “De manera tal que propongo incorporar una aclaración con el objeto de despejar las dudas si ciertas operaciones abonadas en pesos están alcanzadas o no por el impuesto”, precisó.

En un primer momento, el oficialista Carlos Heller rechazó la modificación. Pero Ramón insistió: “Estamos hablando de lugares donde las personas no tienen tarjeta de crédito y los bajos recursos son totales. Hasta van con el efectivo y a veces no lo tienen”.

Con la misma perspectiva, el diputado radical Luis Pastori coincidió con Ramón: “Por ejemplo, en Posadas, Misiones, hay un servicio internacional que cruza un puente entre Posadas y Encarnación. Hay gente que visita familiares, o empleados que trabajan (en la frontera) y le vamos a encarecer un 30% el costo del pasaje de transporte de colectivos por cruzar. O alguien que compra en la terminal de Retiro en pesos, a una empresa argentina, y que lo lleva a Paraguay, cuando tiene que pagar un 30% y no está usando dólares. Creemos que no se está siguiendo el espíritu del impuesto que se está creando”.

Entonces, el cuerpo de la Cámara de Diputados aprobó hacer una modificación en el inciso E del artículo 32 que regula específicamente los viajes que realizan las personas fuera del país: “Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación».

La modificación del tributo a los pasajes al exterior empezó a abrir interpretaciones. “La excepción rige para pasajes internacionales de corta distancia”, opinó más tarde el presidente del bloque del PRO, Cristian Ritondo. Por su lado, el diputado macrista Luciano Laspina celebró en su cuenta de Twitter sobre los supuestos alcances de la modificación: “En la votación se exceptuó del nuevo impuesto de 30% al transporte internacional (aéreo, terrestre y por vía acuática) abonado en pesos y que no tenga impacto cambiario. Gran noticia para Aerolíneas Argentinas y sus clientes que tendrán una ventaja impositiva enorme”.