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Durante los 4 meses de cuarentena, dieron de baja a más de 20.000 empleadas domésticas en blanco

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La pandemia y la cuarentena agravaron la situación social y laboral de las trabajadoras de limpieza de casas particulares que, en su gran mayoria, trabajan en la informalidad y con bajos salarios.

Pese a los decretos y resoluciones oficiales que obligan a los empleadores a pagar los salarios habituales aún si, por las medidas de aislamiento, no pueden realizar las tareas, la mayoría no está percibiendo esos ingresos o fueron cesanteadas, en especial las que se desempeñan en la informalidad.

En tanto, los empleadores de personal doméstico quedaron excluidos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (DNU 332/2020) que otorga una ayuda económica mensual a los trabajadores, deducible del salario que debe pagar el empleador.

Por otro lado, el personal doméstico, en blanco, informal o desocupado, tiene derecho a cobrar el bono de $ 10.000 (IFE), que no es deducible del salario que le corresponde, y la AUH si tiene hijos menores a cargo.

Aunque la prohibición de suspensiones y despidos sin justa causa alcanza al personal doméstico, las cesantías son numerosas teniendo en cuenta que más del 70% trabaja en la informalidad («en negro”). Por su parte, los últimos registros del Ministerio de Trabajo marcan que en los primeros 4 meses de este año el personal doméstico declarado por los empleadores se redujo de 497.700 a 477.000: 20.700 empleos registrados menos.

De acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020, durante la cuarentena, todas las trabajadoras de casas particulares, estén registradas o trabajen informalmente tienen derecho a no ir a trabajar y a cobrar su salario habitual completo.

Como excepción, y según el artículo 6 del DNU 297/20, “las únicas trabajadoras del hogar obligadas a prestar tareas durante la cuarentena son las cuidadoras o cuidadores no terapéuticas de personas enfermas, discapacitadas o mayores de 60 años que estén solas y requieran asistencia. O que, teniendo familiares o allegados, por alguna razón justificada no pudieran ocuparse y también las trabajadoras que desarrollen tareas de cuidado de niños o niñas (“niñeras”) cuyos padres deban trabajan fuera de su casa”, según explicó Matías Isequilla, abogado laboralista y asesor legal de organizaciones sindicales ante la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

No obstante, “si la cuidadora estuviera dentro del grupo de «personas de riesgo» como mayores de 60 años, con embarazo y/o que padecen enfermedades respiratorias, enfermedades cardíacas, inmunodeficiencias, diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses, pacientes oncológicos en tratamiento, tampoco tienen la obligación de trabajar y le asiste el derecho a dicha licencia con goce íntegro de salario” .