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Twitter es servicio: viralizan diez razones por las que no conviene alquilar tu vivienda en Argentina

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La nueva Ley de Alquileres sigue generando problemas tanto para inquilinos como para dueños. A partir del 1 de marzo, todos los propietarios de inmuebles que estén alquilando deberán inscribir los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles, acelerando aún más los precios de los alquileres y, consiguientemente, la indignación de muchos inquilinos.

En ese sentido, una usuaria de Twitter publicó una extensa lista de requisitos que recibió un cliente al solicitarle a una inmobiliaria tasación de alquiler de vivienda.

Rápidamente, el hilo de respuestas y puntos a considerar se volvieron virales no sólo por la cuestión engorrosa que acarrea el trámite sino también por los gastos fijos que deberá afrontar cualquier propietario.

En primer lugar, el broker manifestó que debe ser el propio individuo que esté interesado en alquilar su inmueble a un tercero, quien debe facturar el alquiler. Para ello, será necesario contratar a un contador que lo pueda asesorar.

Posteriormente, tendrá la obligación de registrar el contrato ante la AFIP. El tercer punto de la extensa lista que publicó la usuaria Soledad Balayan, manifiesta que “si usted alquila por medio de una inmobiliaria, debe abonar el total de los honorarios por el trabajo de comercialización y realización de contrato que equivale a 4.15% de la totalidad del contrato.”.

En cuarta instancia, el propietario estará obligado a aceptar al menos 3 alternativas de garantías.

En quinto lugar, la inmobiliaria plantea que si el propietario firma un contrato por 3 años, solamente el inquilino puede rescindir, mientras que el dueño del inmueble deberá cumplir con lo pactado.

“Si el inquilino avisa que rescinde con 3 meses de anticipación (pasado los 6, no abona indemnización. Si lo quiere alquilar de nuevo a través de intermediario, deberá abonar nuevamente honorarios”, explica la internauta.

“Usted recibe un mes de depósito del valor de alquiler de hoy pero tenga en cuenta que debe devolver el valor actualizado al momento de la entrega de las llaves cuando el inquilino se vaya”, refiere la inmobiliaria como sexta cuestión a tener en cuenta.

El séptimo punto de la lista advierte que “por un año, el valor del alquiler no se puede ajustar si lo alquila como vivienda, y el ajuste dependerá de un índice publicado por el BCRA (ICL).” En octavo lugar, se le recuerda al propietario que el impuesto inmobiliario está a su cargo.

Cómo penúltima cuestión, “usted está obligado a avisar con 3 meses de anticipación si renueva o no el contrato e informar el nuevo valor de alquiler.” En última instancia, el dueño de la vivienda deberá tener en cuenta que “corre riesgo que se establezca decreto por congelamiento y prohibición de desalojo.”