Economía

La AFIP controlará de cerca movimientos en cuentas bancarias y consumos con tarjeta de crédito

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El organismo oficial pondrá el foco acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo, con el objetivo de controlar el dinero de los contribuyentes.

A partir de hoy, se actualizan los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización se había realizado en 2022.

La normativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que se reportó hace diez días en el Boletín Oficial, incrementó de 30.000 a 120.000 pesos el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito.

Asimismo, la Resolución General 5138/2022 llevó de 90.000 a 200.000 pesos la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

Esto significa que cada compra que haga un usuario de tarjeta de débito, es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito, por encima de los 120.000 pesos, deberá ser reportada por el banco o fintech que emitió ese plástico a la AFIP.

La resolución del organismo que conduce Carlos Castagneto, también elevó los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidas como billeteras virtuales, que fueron incorporadas a dicho régimen de información en julio de 2021.

Por último, el régimen aplica también cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital, sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los 400.000 pesos.